Juan Manuel Lucas
Abogado experto en Ley de la Segunda Oportunidad
¿Estás atrapado en deudas y no sabes como salir?
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal creado para asistir a familias, individuos y autónomos en la eliminación de sus deudas y la posibilidad de un nuevo comienzo. Gracias a esta normativa, podrás liberarte de tus cargas financieras y recuperar la tranquilidad que tanto anhelas.
¿QUE ES LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD?
La Ley de Segunda Oportunidad en España, vigente desde 2015, ofrece protección a los deudores, ya sean particulares o autónomos. Su propósito principal es evitar que quienes enfrentan insolvencia queden excluidos del sistema, brindándoles la posibilidad de empezar de nuevo sin la carga perpetua de sus deudas.
Este mecanismo es similar al Concurso de Acreedores utilizado en empresas e implica varias etapas: negociación extrajudicial, concurso de acreedores, liquidación de bienes y la solicitud de exoneración de las deudas.
Uno de los mayores beneficios de esta ley es que, desde su solicitud, se suspenden todas las ejecuciones en curso. Esto permite a los deudores contar con un período de respiro, sin la acumulación de intereses y sin riesgo de embargos.
MÁS DE 19 AÑOS DE EXPERIENCIA
La experiencia que otorga el llevar ejerciendo el Derecho desde el año 2006, disfrutando cada día, permite y fomenta una vocación de servicio, de ser un complemento del cliente que necesita de mí ayuda. Mi área de actuación es toda la provincia de Alicante.
ALGUNAS CIFRAS
Años de experiencia
Clientes activos
Casos resueltos
Juicios
¿Cómo te puedo ayudar?
Soy especialista en Derecho Laboral. Si te han despedido, puedo ayudarte a reclamar una indemnización.
En caso de que tengas una baja por enfermedad laboral, te puedo asesorar para que estés protegido durante el tiempo en que no puedas trabajar.
También puedo acompañarte en procedimientos contenciosos, o si tienes dudas sobre tu salario.
¡La primera consulta es gratuita!
El IRPH, Reclama tu Hipoteca
El IRPH fue el índice de referencia del 13% de las hipotecas que se concedieron durante la burbuja inmobiliaria. El IRPH se obtiene a partir de los tipos medios de interés de los préstamos hipotecarios con un plazo superior a tres años que han sido concedidos por las entidades bancarias cada mes, es decir, esa media se consigue a través de las propias entidades y en función de los productos bancarios ofrecidos a sus clientes.
Somos especialistas en Derecho Bancario y por tanto podemos asesorarte de la mejor manera posible a la hora de defender tus derechos ante las entidades bancarias, si crees que tu hipoteca puede estar referenciada al IRPH solo tienes que llamarnos o ponte en contacto con nosotros y aclararemos tus dudas.
Testimonios de clientes
Noticias sobre derecho en mi blog
¿Te pueden embargar la cuenta sin avisar? El peligro real que casi nadie entiende
Una de las preguntas más frecuentes entre personas con deudas es esta: ¿me pueden embargar la cuenta bancaria sin previo aviso? La respuesta corta es sí, pero con matices importantes que pueden marcar la diferencia entre reaccionar a tiempo o encontrarte con la cuenta...
Denegación de la exoneración del pasivo insatisfecho: análisis de la nueva doctrina del Tribunal Supremo de 2026 sobre la buena fe del deudor
El auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria marca un punto de inflexión en la aplicación del mecanismo de segunda oportunidad en España. Este auto, pionero en su ámbito territorial, supone la denegación de la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) aplicando de forma estricta la nueva doctrina del Tribunal Supremo fijada en sus sentencias de 18 de febrero de 2026.
Guía del CGPJ sobre la exoneración del pasivo insatisfecho con los nuevos requisitos del Tribunal Supremo en 2026.
El Consejo General del Poder Judicial ha publicado recientemente la Guía judicial sobre el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (marzo 2026), un documento de enorme relevancia práctica para todos los operadores jurídicos del ámbito concursal. Aunque carece...
«In dubio semper id, quod minus est, debetur»
Ahora que me conoces,
¿Te puedo ayudar?


